
El
Tribunal de Apelaciones británico ha rechazado este martes el recurso de
una pareja heterosexual de Londres que quería formalizar su relación en
una unión civil, a la que en el Reino Unido solo tienen acceso los homosexuales
en lugar del matrimonio.
La corte ha reconocido que el Gobierno puede estar violando los derechos de Rebbeca Steinfeld, de 35 años, y Charles Keidan, de 40, al desautorizar las uniones civiles entre personas de sexo opuesto, y ha señalado que necesita “más tiempo” para evaluar la situación y determinar si existe una verdadera necesidad social.
Los
jueces han advertido al Ejecutivo de la primera ministra Theresa May que debe resolver
“cuanto antes” la actual situación de diferenciación entre las parejas,
puesto que es “potencialmente discriminatoria”.
Durante
el juicio, los abogados del Ministerio de Educación argumentaron que el
Gobierno está a la espera de ver qué impacto tiene sobre las uniones civiles de
personas del mismo sexo, autorizadas en el país en 2004. En función de ese
impacto, decidirá si mantiene la figura legal de las uniones, si la amplía o si
la elimina.
Steinfeld
y Keidan, que llevan siete años juntos y tienen una hija de veinte meses, han
explicado que no quieren casarse porque se oponen a la institución del
matrimonio por razones ideológicas, y desean en cambio formalizar su relación
en una unión civil legalmente regulada.
Ambos
han adelantado que piensan recurrir la decisión de este martes ante el Tribunal
Supremo, pues consideran que la corte de Apelaciones les ha dado la razón
en puntos legales clave. “El dictamen ha demostrado que el Gobierno debe
actuar muy rápido para poner fin a esta situación injusta”, declaró Steinfeld
al término de la vista. “Los tres jueces coincidieron en que estamos
siendo tratados de forma diferente por nuestra orientación sexual y en que eso
tiene un impacto en nuestra vida personal y familiar”, afirmó.
Keidan
aseguró que “el Gobierno debe reconocer las ventajas de abrir las uniones
civiles a las parejas mixtas”, una medida -añadió- “justa, popular, buena para
las familias y los niños y que hace falta desde hace tiempo”.
En
su dictamen, los jueces de la Corte de Apelaciones han admitido que la posición
del Gobierno de no ampliar el acceso a las uniones civiles puede violar el
artículo 14 de la Convención europea de Derechos Humanos, relativa a la
discriminación, junto con el artículo 8, referente a la vida privada y
familiar.
Cabe
destacar que las uniones civiles fueron introducidas para los homosexuales en
partes del Reino Unido en 2004, y diez años después se legalizó el matrimonio
entre las personas del mismo sexo. Estas uniones pueden llevarse a cabo en
privado y garantizan los derechos de herencia y familiares, de los que carecen
las parejas que cohabitan sin casarse.
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